Una experta explica qué tener en cuenta para cumplir la NOM-051 que entró en vigencia desde el 2020.
La nueva normatividad en tiquetado Norma Oficial Mexicana 051 ya entró en vigencia en México, y ahora los fabricantes deben tener enn cuenta varias cosas al momento de producir sus empaques y envases. Acá le explicamos todos lo que debe saber y cómo evitar multas por errores en su cumplimiento.
Los principales cambios del nuevo etiquetado para alimentos son:
“Dejar de usar los personajes infantiles, caricaturas, juegos, etcétera, en las etiquetas de los productos, es uno de los numerales que más polémica ha causado y ha sido objeto de debate en los amparos constitucionales. Entrará entra en vigor el 1 de abril de 2020”, explicó al portal Alimentación.Énfasis, Mariana Curiel, fundadora de la Asociación Mexicana de Etiquetado, Etiquetado Nutrimental, Capacitación y Emprendimiento (AMEENCE).
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“Las etiquetas de los productos prenvasados que no contengan sellos y leyendas precautorias, podrán declararlo únicamente de forma escrita mediante la frase: “Este producto no contiene sellos ni leyendas” y no debe utilizar elementos gráficos o descriptivo alusivos a los mismos”, aclara.
“La declaración debe ser colocada en la superficie de información y, su tipografía y tamaño debe ser igual o menor al tamaño mínimo cuantitativo del contenido neto conforme a la NOM-030- SCFI-2006”, añade.
De acuerdo con la especialista, la superficie principal de exhibición se debe expresar en cm2 y calcularse para:
El cálculo debe hacerse pues si el producto es acreedor a octágonos o leyendas, se tiene que denominar perfectamente cómo se está calculando la superficie y así determinar el potencial tamaño que deberá tener el producto.